Versión estenográfica del mensaje inicial del senador Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, en la reunión a distancia de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República, en las comparecencias de los candidatos a ocupar el cargo de Directora o Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
SENADOR OSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR: Es de su conocimiento que el día 20 del presente año, el titular del Poder Ejecutivo Federal envió a la consideración de esta soberanía, la terna integrada por los ciudadanos Rafael Chong Flores, Alfredo Domínguez Marrufo y la ciudadana María Estela Ríos González; para ocupar el cargo de Directora o Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Es importante destacar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la función conciliatoria estará a cargo de un organismo descentralizado, el cual contará con personalidad jurídica y patrimonio propio; plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión, de gestión y se regirá por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad.
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual tiene por objeto sustanciar el procedimiento de conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones en asuntos individuales y colectivos del orden federal, conforme a lo establecido en el artículo 123º, Apartado a), fracción XX de la Constitución; y los artículos 684-A de la Ley Federal del Trabajo, además será competente para registrar a nivel nacional todos los contratos colectivos de trabajo, contratos ley, reglamentos interiores de trabajo y las organizaciones sindicales; así como todos los procesos administrativos relacionados al artículo 5º de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
En ese sentido, estas Comisiones Unidas y con fundamento en el Reglamento, celebramos reunión virtual a fin de citar a comparecer a las personas propuestas y así allegarnos, llevar al Pleno, así como garantizar su derecho de audiencia previsto en el propio Reglamento; cabe resaltar que el nombramiento deberá recaer en una persona que tenga capacidad y experiencia en las materias de la competencia del organismo descentralizado; que no haya ocupado un cargo de algún partido político ni haya sido candidato a ocupar un cargo público de elección popular en los tres años anteriores a la designación; que goce de buena reputación y no haya sido condenado por delito doloso.
Dicho lo anterior, damos la bienvenida a los ciudadanos Rafael Chong Flores, al ciudadano Alfredo Domínguez Marrufo y a la ciudadana María Estela Ríos González; quienes harán uso de la voz hasta por 20 minutos, en el orden establecido en el numeral 2º del acuerdo, para presentar su programa de trabajo y los méritos que los acreditan para ocupar el cargo en mención.